Proceso selectivo Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado - especialidad Tráfico -
Acceso libre y Promoción Interna
Proceso selectivo Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado - especialidad Tráfico -
Acceso libre y Promoción Interna
REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS:
1. Edad: Tener cumplidos los 23 años de edad, de acuerdo con el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
2. Ser titular de los siguientes permisos de conducción:
a) Permiso de conducción de clase B, en vigor, con al menos tres años de antigüedad no afectados por el código 78 (*)
b) Permiso de conducción en vigor de clase A2 no afectados por el código 78 (*)
c) Permiso de conducción en vigor de clase C ó D no afectados por el código 78 (*)
(*) Deben estar en vigor para poder presentar la solicitud al examen (se necesita para el último día de presentación de solicitud para el examen una vez se publique la convocatoria así como mantener su vigencia durante todo proceso selectivo.
No es necesario para comenzar nuestros cursos.
Los permisos indicados no deberán estar sometidos a la restricción administrativa indicada por el código 78 de la Unión Europea armonizado que indica «limitado a vehículos sin pedal de embrague (o palanca accionada manualmente para motocicletas).
3. Capacidad: Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto a desempeñar.
4. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller o Técnico al finalizar el plazo de presentación de instancias.
Asimismo se estará a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada mediante Orden EDU/ 520/2011, de 7 de marzo.
Aclaración:
Titulaciones válidas (cualquiera de ellas):
Título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.
Título de Grado Universitario.
Diplomado Universitario ó Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico.
Título de FP Técnico Superior.
Título de FP Grado Medio.
Título de Bachiller (LOE, LOGSE, BUP).
Pruebas de Acceso a Universidad para mayores 25 años.
Pruebas de Acceso a FP Grado Superior + Graduado Escolar (EGB) ó ESO.
Titulaciones NO válidas por sí solas:
Certificado Escolaridad
Graduado Escolar (EGB)
ESO
Pruebas de Acceso a Universidad para mayores de 45 años.
En cualquier caso para aclarar estas dudas y tener mayor seguridad en cuanto a las titulaciones exigidas pueden enviar email a acceso.administrativo@dgt.es
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación.
Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
El procedimiento de selección, constará de dos partes:
A) FASE DE OPOSICIÓN
Primer ejercicio.
Consistirá en la contestación de un examen tipo test con 100 preguntas correspondientes al programa del anexo II de la convocatoria.
El test estará compuesto por preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales solamente una será correcta. El Tribunal podrá incluir hasta diez preguntas suplementarias que solo se tendrán en cuenta en caso de anulación de alguna de las cien preguntas iniciales. El orden de utilización de estas preguntas será el orden en el que estén incluidas en el examen. Cada pregunta bien contestada puntuará 1 punto. Cada pregunta mal contestada supondrá una penalización de 0,333 puntos.
La prueba tendrá una duración de cien minutos y no podrá utilizarse ningún tipo de material adicional.
Este ejercicio se valorará de 0 a 100 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 50 puntos para superarlo.
El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para acceder al segundo ejercicio.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la misma que no estén expresamente establecidos en las bases de la convocatoria
Segundo ejercicio.
Consistirá en una prueba de carácter práctico de conducción de un vehículo turismo en vías abiertas al tráfico general.
Esta prueba tendrá una duración aproximada de treinta minutos y se valorará de 0 a 100 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 50 puntos para superarla.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la misma que no estén expresamente establecidos en las bases de la convocatoria.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.
Para la realización de esta prueba el Tribunal calificador podrá designar asesores especialistas que ayudarán al Tribunal a realizar esta prueba práctica.
La puntuación final de los aspirantes vendrá integrada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.
El Tribunal calificador, en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas para el eficaz desarrollo y administración del proceso selectivo, establecerá una puntuación mínima necesaria para acceder al curso selectivo. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y si esto no fuera suficiente, en el primer ejercicio, por este orden.
B) CURSO SELECTIVO
Mediante resolución de la Dirección General de Tráfico se dictarán las normas que han de regir el curso selectivo que será organizado por dicha Dirección General. La duración previsible será de hasta diez semanas.
Tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de funciones de examinador.
El curso selectivo estará dividido en dos partes:
La primera incluirá formación teórica y práctica presencial en el Centro de Formación de la Dirección General de Tráfico en Móstoles (Madrid).
La segunda parte consistirá en una semana de prácticas en la Jefatura Provincial de Tráfico que se determine.
Este curso se valorará como apto o no apto.
Una vez finalizado todo el proceso selectivo, la calificación final de los aspirantes vendrá integrada por la suma de los resultados obtenidos en la puntuación final de la fase de oposición más la obtenida en el curso selectivo. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación total obtenida en el curso selectivo, y si continuase persistiendo el empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios establecidos en la convocatoria.
Una vez completado el curso selectivo, por Resolución de la Presidenta/Presidente del Tribunal calificador, se harán públicos los resultados del mismo, declarando aptos a los opositores que hayan obtenido las mejores puntuaciones hasta llegar al número máximo de plazas convocadas. A quienes superen este proceso selectivo se les nombrará en una plaza de Examinador/Examinadora eligiendo el destino que se le oferte por orden de puntuación.